miércoles, 8 de julio de 2009

BIENES DE CAPITAL – Reparaciòn y problemas de Origen: Certificados de Origen

*Planteamiento:

Recibimos la siguiente consulta: “Tengo una duda que quizás Uds. la pueden dilucidar. Si traigo una máquina usada, desde Brasil, para ser reparada en la Argentina y devuelta reparada a Brasil, ¿tengo derecho al certificado de origen Mercosur por el valor de la reparación? La máquina sigue siendo usada, aunque ahora reparada.

“La reparación usa insumos importados, pero en una proporción menor que el 40% del valor FOB de la reparación. Ese certificado de origen que nos podría dar una Cámara local autorizada (si es legal en Mercosur), ¿servirá en la Aduana de Brasil para que el valor de la reparación sea considerado originario del Mercosur y -por lo tanto- pague 0% de derecho de importación?

*Respuesta y Fundamento

1) En primer lugar el régimen de importación de bienes usados en el Mercosur ha quedado librado hasta el momento a la legislación interna de cada país a falta de un régimen común.

2) De manera que, por ejemplo, en la Argentina tenemos al respecto de bienes de capital usados un régimen particular que incluye listas de posiciones prohibidas de importar y lista de bienes usados que pagan derechos (28%) aunque sean originarios del Mercosur. Tenemos noticia de que en Brasil el régimen es algo más liberal.

3) No nos dice el consultante si el bien es originario de Brasil o de terceros países. La diferencia es muy importante. Si fuera brasileño y aquí en Argentina se le efectúan reparaciones, sustitución de piezas y mano de obra, todo lo cual agrega valor, no tenemos dudas de que se debería lograr un Certificado de Origen por esa parte agregada, no por todo el bien claro está, dado que es originario de Brasil.

4) Si el bien fuera originario de terceros países y aquí solamente se le agregan o sustituyen piezas también originarias de terceros países, la cosa se complica.

5) No obstante, siendo a nuestro entender las normas de origen aplicables a este caso (máquinas, mercaderías objeto de montaje o ensamblaje) la llamada del 60/40 (es decir, 60% de valor agregado y 40% de insumos importados) debería lograrse un Certificado de Origen por esa parte y no por la máquina entera. De cualquier modo, las entidades habilitadas para certificar origen no están acostumbradas a este tipo de certificación por lo que cual es de prever que tengas problemas para obtener el Certificado.

6) En cuanto a la actitud de la Aduana de Brasil no podemos prever cuál será.

Fuente: Carlos A.Canta Yoy (secciòn de publicaciones de todocomercioexterior.com)

¿Quièn solicita el Certificado de Origen: El fabricante o el Exportador?

*Planteamiento:

Una empresa de Brasil compra en el mercado local una mercadería y la exporta a la Argentina sin hacer ninguna transformación. La empresa exportadora dice no poder emitir el Certificado de Origen ya que no es fabricante y quiere enviar un C/O emitido por el fabricante de la mercadería. De esta manera los datos del proveedor de la factura no coinciden con el C/O.

¿Cómo debería emitirse en este caso el Certificado?”

*Respuesta y Fundamento

El Certificado de Origen lo puede solicitar tanto el exportador como el productor de la mercadería. En casos como el que Vd. plantea lo habitual es que lo solicite el exportador. Respecto a las normas de origen el productor o fabricante deberá indicarle al exportador cómo elaboró el producto y si el exportador (que será finalmente el responsable de la declaración jurada previa) le tiene confianza lo hará. Si no, seguramente le pedirá para salvaguardar su responsabilidad, una nota firmada en que consigne cómo y con qué materiales ha fabricado la mercadería. El que aparece en el certificado de origen es en realidad el exportador. En su ejemplo figurará éste aunque no haya fabricado el producto. Esto es corriente y normal y nos extraña que estén poniendo dificultades, creemos que será solamente por ignorancia o por no querer ningún compromiso.

Fuente: Carlos A. Canta Yoy (secciòn de publicaciones de todocomercioexterior.com