viernes, 9 de octubre de 2009

Triangulacion de mercaderias de los acuerdos automotores

TRIANGULACIÓN DE MERCADERÍAS DE LOS ACUERDOS AUTOMOTORES

*Planteo y Preguntas

1) ¿Es viable la posibilidad de realizar una Importación temporaria de vehículos o repuestos bajo el régimen vigente en Argentina, desde Brasil para que luego sean reexportados a Uruguay, sin que exista transformación en Argentina del bien, ni incorporación a un proceso productivo posterior, que modifique su posición arancelaria en oportunidad de la exportación del bien y cierre de la temporaria?

2) En caso de que la importación de estos bienes pueda ser temporaria, ¿afectaría la balanza comercial entre Argentina y Brasil (cupos)?

*Respuesta y Fundamentos

A nuestro juicio la operación no la vemos posible, al menos conservando las preferencias arancelarias. Argentina y Uruguay tienen el AAP.CE/57 sobre la industria automotriz y su correspondiente régimen de origen. Es, además, un acuerdo bilateral. De manera que si los repuestos son brasileros no podrán ser exportados sino por el régimen general y no por el MERCOSUR y mucho menos por el AAP.CE/57. Si la operación fuera posible y Argentina importara por el AAP.CE/14 desde Brasil se debitaría del cupo.


Fuente: todocomercioexterior.com