lunes, 24 de agosto de 2009

Formalidades en los Certificados de Origen - Requisitos Especificos en el Mercosur

Emisión de un nuevo Certificado de Origen en el Acuerdo con Mexico.

*Planteo

Se ha emitido un nuevo Certificado de Origen en el marco del Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación Económica No. 6 con México. En el campo Observaciones se establece que anula y sustituye a uno anterior.

*Pregunta

¿Es válida esta mención?

* Respuesta

No.

* Fundamento

De acuerdo con el Art. 4 de la Nota Externa No. 13/2007 de 30-04-07 “En aquellos casos en que las autoridades competentes autorizadas para expedir certificados de origen procedan a la emisión de un certificado nuevo, como consecuencia de un certificado de origen previamente anulado o cancelado, no deberá dejarse constancia de tal situación en el nuevo certificado”.

Si bien es cierto que la disposición es muy clara al respecto, también es cierto que la mención no perjudica el fondo mismo del certificado y su certeza. Entendemos que en una instancia
superior el mismo sería aceptado.
Fuente:todocomercioexterior.com

No hay comentarios: